¿Por qué el outsourcing debe regularse mejor en México?
Hace apenas unos días el presidente López Obrador, señaló que su gobierno prepara una reforma a la ley federal del trabajo con la intención de regular el outsourcing, lo que se suma a una serie de comentarios de varios miembros de la 4t que quieren desaparecer por completo esta figura de contratación, hasta los quienes se oponen a las propuestas de la 4t y defienden el outsourcing. Pero donde todos parecemos estar de acuerdo es que debe cambiarse si o si la manera en que opera en la práctica el outsourcing en México, pues esta forma de contratación y la forma en que muchas empresas han abusado de ella, se ha convertido en el símbolo de la precariedad laboral y de la desigualdad económica en México.
Leyes laborales ambiguas e inspectores laborales que no hacen su trabajo, han provocado que México desperdiciara el más grande incremento en la productividad de nuestra historia, que comprende la época que ha estado en vigor el tratado de libre comercio con América del norte, por estas razones hoy es común el ver empresas que subcontratan a la mayoría de su mano de obra, o empresas que mueven a sus empleados entre varias razones sociales internas, a lo que se le conoce como subcontratación interna, mediante la cual varían drásticamente las prestaciones que reciben los trabajadores según la razón social en la que se encuentran.
Todo esto, no solo provocó que los
beneficios del incremento de la productividad del país no se trasladarán a los
trabajadores, sino que hoy los ingresos reales de los trabajadores mexicanos
son menores en comparación con los mismos puestos de trabajo de hace 30 años,
debido al estancamiento de los salarios, la pérdida de prestaciones laborales,
y al hecho que en muchos casos las empresas de outsourcing no pagan las cuotas
de seguridad social de sus trabajadores las cuales incluyen el ahorro para el
retiro, por lo que la precariedad laboral de este momento, se trasladara a un
retiro precario no sólo por los bajos sueldos, sino también por las
aportaciones al retiro de los trabajadores que no fueron pagadas por estas
empresas.
¿Qué
es el outsourcing? Y ¿Por qué las empresas abusan de esta práctica?
El outsourcing es la tercerización de funciones de una empresa, con el objetivo de que esta se pueda enfocar en su actividad principal, y reducir costos en aquellas áreas en las que no se especializa o no domina, por ejemplo una empresa que hace computadoras que terceriza las funciones de su empresa como seguridad, limpieza, mantenimiento, contabilidad, marketing, entre otras, para que toda su atención se centre en la fabricación de computadoras y en el desarrollo de nuevos modelos, o en casos como las empresas tecnológicas estadounidenses, como Apple, y Amazon quienes centran todo su enfoque en el desarrollo de productos y tercerizan la fabricación completa de sus dispositivos.
En México el artículo 15 A de la ley federal del trabajo, indica que “el trabajo en régimen de subcontratación es aquel por medio del cual un patrón, denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, persona física o moral, la cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas.”
Este tipo de trabajo, deberá cumplir con
las siguientes condiciones:
a) No podrá abarcar la totalidad de las
actividades, iguales o similares en su totalidad, que se
desarrollen en el centro de trabajo.
b) Deberá justificarse por su carácter
especializado.
c) No podrá comprender tareas iguales o
similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del
contratante.
Y de no cumplirse con todas estas condiciones, el contratante se considerará patrón para todos los efectos de esta Ley, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social.
Entonces, para las leyes mexicanas es completamente legal la subcontratación laboral, mejor conocida como outsourcing, pero solo para trabajadores que desempeñen funciones especializadas, y que no sean iguales o similares a las funciones de los trabajadores contratados por la empresa. Y como vemos a diferencia de las leyes de otros países como Estados Unidos, la ley federal del trabajo no especifica que las funciones a subcontratar no sean la actividad principal de la empresa, siendo ahí donde radica el principal problema, ya que para las leyes mexicanas es completamente legal por ejemplo que una empresa que fabrica zapatos subcontrate al zapatero.
Aunque el artículo 13 de la misma ley indica que “No serán considerados intermediarios, sino patrones, las empresas establecidas que contraten trabajos para ejecutarlos con elementos propios suficientes para cumplir las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores. En caso contrario serán solidariamente responsables con los beneficiarios directos de las obras o servicios, por las obligaciones contraídas con los trabajadores”.
Y el artículo 14 indica que “Las personas que utilicen intermediarios para la contratación de trabajadores serán responsables de las obligaciones que deriven de esta Ley y de los servicios prestados. Los trabajadores tendrán los siguientes derechos: I. Prestarán sus servicios en las mismas condiciones de trabajo y tendrán los mismos derechos que correspondan a los trabajadores que ejecuten trabajos similares en la empresa o establecimiento; y II. Los intermediarios no podrán recibir ninguna retribución o comisión con cargo a los salarios de los trabajadores”.
Por lo que de una manera muy ambigua, la ley federal del trabajo indica que cuando una empresa subcontrata actividades, las cuales la empresa tenga los elementos propios para ejecutarlos, se le considerará como patrón de dichos trabajadores, de esta manera queda a interpretación la limitante de que una empresa no subcontrata a trabajadores para realizar su actividad principal, o una actividad para la que ya tiene trabajadores contratados.
La ambigüedad y laxitud en la manera en
que las leyes mexicanas definen y regulan al outsourcing, son solo el principio
del porque esta práctica se ha convertido en la opción número uno de las
empresas que operan en México, para reducir el costo de su mano de obra y de
esta manera incrementar sus utilidades. Pues a esto se le suma la falta de
acción de los reguladores de la secretaría del trabajo, quienes deben
supervisar que las empresas cumplan las leyes mexicanas, además de muchos casos
en los a consecuencia de la corrupción estos reguladores terminan operando
completamente a favor de las grandes empresas, haciendo caso omiso a denuncias
de trabajadores, o permitiendo que las empresas apliquen prácticas laborales al
margen de la ley.
El
problema se ha agravado gracias a la complicidad de reguladores, autoridades
fiscales y de seguridad social
Como consecuencia de la histórica falta de regulación, las empresas mexicanas casi en términos generales, han implementado todo tipo de esquemas de subcontratación muchos de ellos ilegales, ya sea porque las empresas sub contratadoras son utilizadas para evadir el pago de impuestos y cuotas de seguridad social, como porque de esta manera es posible para las empresas el realizar acciones como el quitarle prestaciones a sus trabajadores o registrarlos con un menor sueldo al que realmente perciben.
Por esta razón en estos momentos
proliferan empresas que brindan servicios de subcontratación de trabajadores,
las cuales no cuentan con domicilios localizables, ni activos a su nombre, con
el objetivo primordial de evadir impuestos y cuotas de seguridad social, a
pesar de desde 2009 y posteriormente en 2012, se modificaron las leyes
laborales, las cuales le transfieren la responsabilidad solidaria a las
empresas contratantes, en caso de que la empresa subcontratada incumpla con sus
obligaciones fiscales y de seguridad social, pero aun con las facultades
legales bien definidas, ni el SAT ni el IMSS han cumplido con su función, y han
fungido como cómplices al permitir que miles de empresas de este tipo evadan
impuestos, y retengan el ahorro para el retiro de millones de trabajadores.
Que
cambios importantes contendrá la reforma que presentara el presidente
Aunque miembros de la 4t han hecho todo tipo de declaraciones al respecto, muchas de ellas bastante extremas, que van desde quienes buscan la desaparición del outsourcing y quienes piden acción penal a los patrones que recurran a esta práctica. Por este motivo debemos tomar en cuentas las declaraciones solamente de aquellos con mayor conocimiento o seriedad en el tema, por ejemplo el senador Martí Batres ha propuesto que al outsourcing deben ponérsele límites como: a) que no se subcontraten empresas para hacer la labor esencial propia de la naturaleza de la empresa; b) que la subcontratación sea temporal; c) que se otorguen a los trabajadores de las empresas subcontratadas todos los derechos, como IMSS y reparto de utilidades; y d) que se sancione a quien realice subcontratación sin estas reglas.
Adicionalmente el diputado de Morena Ulises Munguía mencionó, que se propone la creación de una certificación y un
padrón de empresas de subcontratacion, mediante el cual solamente será legal la
subcontratación con estas empresas certificadas, las cuales estarán
localizables, e identificables para las labores de regulación por parte de la
secretaría del trabajo.
Pero
nadie menciona la supervisión
Como lo mencione anteriormente, desde el año 2009 se modificó la ley federal del trabajo para otorgarle más facultades a las instituciones correspondientes en lo que respecta al outsourcing, pero como resulta completamente claro, en estos 11 años que han trascurrido la secretaría del trabajo, el SAT y el IMSS, han fallado o simplemente no han supervisado a las empresas que se dedican a la subcontratación, lo que permitió que estas operen impunemente y que la práctica proliferara a niveles generalizados en todos los sectores de la economía mexicana.
Como ya se ha discutido durante la
ratificación del TMEC en Estados Unidos, donde para poder ratificar el tratado,
Estados Unidos y Canadá le impusieron a México la figura de supervisores
laborales, precisamente ante la ineficiencia y corrupción de los reguladores
mexicanos, lo que le causara pesadillas a las empresas que operan bajo el
tratado de libre comercio, y las obligará a cambiar drásticamente sus
condiciones laborales, incluyendo las malas prácticas que incluyen el abuso de
la subcontratación. Pero el resto de las empresas que no operen bajo el TMEC,
no verán grandes cambios en la manera en que son supervisadas, sobre todo ahora
que el nuevo presupuesto para 2021, le reduce los recursos a la secretaría del
trabajo, por lo que aunque se logre cambiar la ley, en la realidad no veremos
grandes cambios, debido a la falta de supervisión del cumplimiento de las
leyes.
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